Interior

Chaco recibirá ayuda financiera de $120.000.000 por parte de Nación

El Ministerio de Economía hizo uso de las facultades que tiene el Ejecutivo para realizar este tipo de préstamos a las Provincias como parte de una ayuda financiera.

A través de un decreto firmado por el presidente Javier Milei, el Gobierno anticipó una ayuda financiera para Chaco. Se trata de un monto destinado a proporcionar una solución inmediata a los problemas financieros que enfrenta la provincia.

De esta manera, la jurisdicción que dirige el radical Leandro Zdero contará con una suma de $120.000 millones para subsanar las condiciones económicas que enfrenta la provincia, las cuales le impiden atender sus compromisos urgentes derivados del presupuesto de gastos y amortización de deudas. En este sentido, el Decreto 190/2025 publicado en la madrugada de este lunes, detalla que “el Gobierno de la Provincia del CHACO se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas”.

Por tal razón, “resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesa la citada provincia”.

El Ejecutivo procedió a la publicación en el Boletín Oficial, respaldándose bajo el artículo 124 de la Ley Nº 11.672, que permite al Ministerio de Economía “acordar a las Provincias y al Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los impuestos nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal”.

 

A su vez, la medida establece que el anticipo será cancelado dentro del presente ejercicio fiscal mediante retenciones con los intereses correspondientes en un plazo determinado, aunque destaca que el plazo podrá ser ampliado si el Poder Ejecutivo así lo requiriera, pero siempre manteniéndose dentro del año fiscal.

Además, los montos anticipados devengarán intereses calculados conforme a la Tasa Mayorista de Argentina (TAMAR), y los mismos deberán ser reintegrados con el mecanismo establecido por la ley correspondiente. “Dichos anticipos deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante retenciones sobre el producido de los mismos impuestos coparticipados”, señala el decreto.

 

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