El Gobierno estableció un cupo laboral para travestis, transexuales y transgénero

A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial de hoy, el Gobierno de la Nación anunció el cupo laboral mínimo de personas travestis, transexuales y transgénero en el sector público.
El decreto 721/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta establece el cupo laboral mínimo de personas travestis, transexuales y transgénero en cargos públicos. Este cupo mínimo es del 1% de la totalidad de los cargos ocupados y las personas que lo ocupen deben reunir las condiciones de idoneidad para el cargo.
Esta medida abarca a personas travestis, transexuales y transgénero hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen. Además, el decreto faculta al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad para que junto con la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura De Gabinete De Ministros, dicten las normas reglamentarias y complementarias del mismo.
“Toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión, por lo que no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos”, establece el decreto en su artículo N°3.
Podés leer el decreto completo publicado en el Boletín Oficial haciendo click aquí.
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