Provinciales

Personas no binarias ya pueden registrarse en turnos médicos

El Ministerio de Salud Pública incorporó nuevos campos en el sistema de turnos y la historia clínica digital para garantizar el uso del nombre y género de elección en cumplimiento de la ley de identidad de género.

Las personas dentro de los colectivos LGTBIQ+ que integran la diversidad de identidades y orientaciones sexuales ya se ven representadas a la hora de sacar turnos en las distintas especialidades del sistema de salud público. Esta semana comenzó una capacitación para los centros de salud de Capital y la semana próxima será la oportunidad para las del interior.

En el marco de la Ley Nº26.743 de Identidad de Género, el Ministerio de Salud Pública a cargo de Ricardo Cardozo implementó una actualización en el sistema de admisión de turnos y en la historia clínica digital.

A partir de esta modificación, todos los centros de salud que dependen de la cartera sanitaria y que utilizan este sistema contarán con tres nuevos campos para completar: nombre de elección, apellido de elección y género de elección.

«El objetivo es nombrar a las personas como se autoperciben. Esto permitirá fortalecer un marco de respeto de parte del personal de salud que los atienden. No solo el médico o médica deberá usar el nombre que se complete en esos campos, también quienes trabajan como administrativos», explicó el director de Sistema, Fabián Medina.

Como parte de la implementación, este martes se iniciaron capacitaciones en distintos centros de salud. La primera se realizó en el Hospital de Campaña Escuela Hogar con la participación de 50 personas entre directivos, personal médico y administrativos.

«La semana próxima seguiremos con otros nosocomios de Capital, Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) e instituciones del interior», adelantó Medina y agregó que estas instancias de formación también permiten evacuar dudas sobre el uso del sistema de turnos.

La Ley de Identidad de Género establece que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, al libre desarrollo de su persona conforme a ella, a ser tratada de acuerdo con esa identidad y, en particular, a que figure en los instrumentos que acrediten su identidad el nombre de pila elegido.

La Ley 26.743 de Identidad de Género argentina establece el derecho de toda persona al reconocimiento de su identidad de género autopercibida, lo que incluye la posibilidad de rectificar el nombre y el sexo en el DNI sin requisitos patologizantes. Además, garantiza el libre desarrollo personal conforme a esa identidad, el acceso a tratamientos médicos (hormonación y cirugías) y que sea tratada y nombrada según su identidad de género en todos los ámbitos.

La norma establece la identidad de género, que es la vivencia interna e individual de una persona, que puede o no coincidir con el sexo asignado biológicamente al nacer.

Las personas pueden solicitar el cambio de nombre y sexo en sus documentos (DNI) basándose en su identidad autopercibida, sin necesidad de tratamientos médicos, diagnósticos o intervenciones quirúrgicas.

Otro hito de la norma asegura el acceso a tratamientos de adecuación de la expresión de género, como la hormonación y las cirugías, tanto en el sistema de salud público como en el privado, incluyéndolos en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

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