Provinciales

Inician procedimiento de crisis en el transporte de pasajeros

ERSA Urbano SA y Transporte San Lorenzo SAUT formalizaron el planteo ante la Secretaría de Trabajo de Corrientes. Mientras dure, el gremio no podrá convocar a huelgas ni medidas de acción sindical.

La empresa ERSA Urbano SA y Transporte San Lorenzo SAUT formalizaron ante la Secretaría de Trabajo y Empleo de Corrientes la apertura de un procedimiento preventivo de crisis. Se trata de un recurso legal contemplado en la normativa laboral argentina que permite a las compañías solicitar asistencia y establecer un marco de negociación con los gremios en situaciones severas de dificultades económicas.

En este contexto, ambas firmas —responsables del transporte urbano de pasajeros en la capital provincial— buscan implementar medidas para afrontar la compleja coyuntura financiera que atraviesan, en un sector que viene registrando caídas en la recaudación, aumento de costos operativos y retrasos en el esquema de subsidios nacionales y provinciales.

Tras la presentación, la Secretaría de Trabajo fijó una audiencia para el próximo lunes, en la que participarán los representantes de las compañías y de la Unión Tranviarios Automotor (UTA). El objetivo será abrir una mesa de diálogo para analizar alternativas que permitan sostener el servicio sin que ello derive en despidos masivos ni en paralización del sistema.

La notificación oficial enviada a las partes recordó los alcances legales del procedimiento. El texto establece: «A partir de la notificación y hasta la conclusión del procedimiento de crisis, el empleador no podrá ejecutar las medidas objeto del procedimiento, ni los trabajadores ejercer la huelga u otras medidas de acción sindical».

Esto significa que, mientras dure el proceso, la UTA no podrá convocar a paros ni implementar medidas de fuerza. El documento además detalla las consecuencias de eventuales incumplimientos: si los empleadores adoptaran medidas no permitidas, los trabajadores mantendrán su relación laboral y deberán percibir los salarios caídos. En cambio, si el gremio decidiera ejercer medidas de acción sindical, se aplicará lo previsto en la Ley 14.786, que regula la conciliación obligatoria y los mecanismos de arbitraje en los conflictos laborales.

El uso del procedimiento preventivo de crisis no es una instancia menor: supone que las empresas deben acreditar ante la autoridad laboral su situación económica crítica, presentando balances y documentación respaldatoria, para justificar la necesidad de buscar medidas excepcionales. Entre las herramientas que contempla este mecanismo se encuentra la posibilidad de renegociar condiciones laborales, readecuar plantillas de personal o acordar planes de pago con proveedores y acreedores.

En Corrientes, la preocupación es doble: por un lado, la continuidad laboral de los choferes y trabajadores del sector; y por el otro, la prestación del servicio público esencial de transporte urbano, que resulta indispensable para miles de usuarios que dependen diariamente de los colectivos.

De esta manera, el conflicto que involucra a las dos principales operadoras del transporte urbano de pasajeros en la capital provincial quedará encuadrado bajo la órbita de la Secretaría de Trabajo, que tendrá la responsabilidad de conducir las audiencias y garantizar que se respeten las instancias legales previstas.

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