Carta pública de abogados correntinos por las dos vidas

Los abajo firmantes, abogados nucleados de manera independiente, no podemos sumarnos a las mentiras esgrimidas por quienes dicen defender los derechos de la mujer, pero niegan la existencia de NIÑAS POR NACER, para dictarles la sentencia de muerte que el aborto significa.
La sentencia de muerte al niño por nacer. Proclamamos la defensa de la vida de todos
Los abajo firmantes, abogados nucleados de manera independiente, no podemos sumarnos a las mentiras esgrimidas por quienes dicen defender los derechos de la mujer, pero niegan la existencia de NIÑAS POR NACER, para dictarles la sentencia de muerte que el aborto significa.
Si, Sentencia de muerte que está absolutamente prohibida en nuestra Constitución Nacional y todos los tratados de derechos Humanos que han sido suscriptos por el Estado Argentino. La mentira referida a si el aborto se legaliza o no, porque ya existe, implica pensar en esa misma lógica, ¿porque no legalizamos el asesinato, si total, igual ,ya existe?. Es una idea errónea pensar que aprobando el aborto y legalizándolo como derecho humano, lo sea.
NO EXISTE NINGUN TRATADO DE DERECHO HUMANO QUE HABLE DEL DERECHO AL ABORTO DE LAS MUJERES.
No hay que subestimar a las personas, que durante todas las más de 230 declaraciones públicas –de instituciones científicas, jurídicas, académicas y también religiosas han manifestado su rechazo público- y las casi 1.216.000 firmas presentadas en ambas Cámaras del Congreso- en oportunidad del debate sobre el Proyecto de Ley de Interrupción Legal del Embarazo que no logró aprobación legislativa en el Congreso Nacional en el año 2018- EXPRESARON respetar el derecho a la vida desde el momento de la concepción, derecho que se encuentra protegido en el artículo 33 de la Constitución Nacional y ha sido consagrado expresamente en 13 constituciones provinciales, así como, a todo evento, a la necesidad de preservar el derecho a la libertad de conciencia, tanto individual como institucional.
Se realizaron más de 800 marchas en el país, 40 en el exterior; saliendo más de 10.600.000 argentinos a manifestarse en su contra. Esto sin olvidar la movilización que se hizo en CABA a la que fueron más de 500.000 personas.
El Proyecto en debate vulnera diversos tratados internacionales con jerarquía constitucional (art. 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica”, el art. 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el art. 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). Además, contradice normas de jerarquía constitucional como los artículos 1 y 6.1 de la Convención sobre Derechos del Niño, con la reserva interpretativa que declaró el artículo 2 de la ley 23.849 que al incorporar el referido tratado al marco jurídico argentino dispuso que su artículo 1° “debe interpretarse en el sentido que se entiende niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los dieciocho años de edad”, fijando de esta forma las “condiciones para la vigencia” de la Convención (artículo 75, inc. 22 de la Constitución Nacional).
También es inconstitucional, porque la propia Constitución garantiza el derecho a la vida desde el embarazo (artículo 75, inc. 23) , otorgando al Congreso de la Nación Argentina la facultad de promover medidas de acción positiva a favor del niño en situación de desamparo desde el embarazo y hasta el inicio de la edad escolar,”. En concordancia con ese criterio constitucional, el Código Civil y Comercial, recientemente sancionado, declara que la existencia de la persona
humana comienza con la concepción (artículos 19, 21, 22 y 2279). Asimismo, esta ley va contra el Código Penal que consagra el aborto como un delito y la objeción de conciencia de los profesionales de la salud,, cuando es indiscutible que los gobiernos democráticos tienen el compromiso político y jurídico de tratar a todos los individuos como agentes morales y de respetar el valor de su conciencia y su juramento hipocrático. De salvar vida y no matarlas.
. El proyecto no tiene en cuenta a la mujer en situación de vulnerabilidad. Los estudios científicos acreditan que una mujer en estado de shock emocional –y así está la mujer cuando toma conocimiento de su embarazo atravesando una crisis- demora 5 días para salir de su estado emocional y conectarse con su capacidad racional que le permitiría buscar otras alternativas. Tampoco, prevé brindarle acompañamiento psicológico, social y/o económico ni plantearle la opción de delegar su función materna a través de la adopción. Bien sabido es que en los países que se utilizan estas prácticas, las mujeres eligen en más del 70% continuar con su embarazo. Todo esto, sin mencionar los daños psíquicos y físicos con los que quedarán las mujeres que aborten –ver estudio de Coleman el más grande realizado.
Este proyecto invisibiliza al hombre, quitándole el derecho a ejercer su paternidad creando categorías de personas y, lo deja en una situación de total injusticia y vulnerabilidad ante la ley. Además, atenta contra el derecho de los padres a educar a sus hijos, generando una ruptura en el seno de las familias. Desprotege a los adolescentes que tienen una mirada cortoplacista y no están en condiciones de evaluar el daño que esto traerá a sus vidas dado que aún no son maduros.
La omisión de la denuncia policial en caso de violación – respecto a las mujeres mayores de edad- elimina la prueba, impide la persecución del delito y protege la impunidad del violador.
Por último, el texto omite decir nada sobre el destino de los cuerpos de los niños abortados lo que convertirá a su gobierno en cómplice, si se promulga esta ley, del aberrante y delictivo negocio clandestino de tráfico de tejido y órganos humanos.
Si el Estado hoy no tiene recursos para solventar tratamientos médicos de los que depende la salud como tratamientos de enfermedades autoinmunes, transplantes de órganos, tratamientos oncológicos, para mencionar algunos, mal puede en esta etapa de pandemia , optar por pagar tratamientos de aborto, para aniquilar personas.
Quitarles la categoría de vida humana, llamándolas fenómenos, no les quita la dignidad que toda persona lleva.
Por eso, hoy proclamamos la defensa de la vida para todas las personas desde la concepción, por ser un derecho fundante de todos los demás enraizado intrínsecamente con la dignidad que posibilita la realización plena de todo ser humano.
Ninguna vida vale más que otra, sino que todas deben ser cuidadas y protegidas por el Estado.
Una sociedad cuyas base esté en el respeto por las libertades individuales no puede permitir el ejercicio de derechos de manera arbitraria e ilegítima.
El niño por nacer es el más vulnerable en la triada de mujer y hombre que lo conciben y como sujeto de derechos tiene derecho a seguir viviendo.
Todos los seres humanos hoy presentes ,fuimos niños por nacer en un instante de nuestra existencia , solo el tiempo marca la diferencia y hoy alzamos las voces por los que aún no pueden hacerlo.
ABOGADOS CORRENTINOS POR LAS DOS VIDAS



