Interior

Juez ordena la reconexión de agua potable para una familia que no podía pagar

El juez Gabriel Saade ordenó que se reconecte el agua potable por un término de 60 días a una familia a la que le cortaron el servicio por falta de pago.

El Juzgado Civil y Comercial N°2 de Goya ordenó a la empresa Aguas de Corrientes que provea de forma inmediata el servicio de agua corriente a una señora y a su grupo familiar, integrado por dos hijos, una nuera y varios nietos menores de edad. El medidor estaba a nombre de la pareja de la mujer, de quien se separó. Su situación económica es precaria: no percibe pensión, jubilación, ni sueldo, sólo realiza changas que le han hecho difícil el pago de algunas boletas del servicio.

Actualmente no tiene agua potable y su familia se provee de una canilla ubicada en una plaza a 100 metros de la casa.

La mujer acudió a la Defensoría Oficial e interpuso una acción de amparo, pidiendo la titularidad del servicio de agua a su nombre, cambio de medidor y la reconexión del servicio.

Explicó que el suministro de agua potable era necesario para una vida digna, teniendo presente que en su casa hay niños; pero también señaló que en el estado actual de emergencia sanitaria y sin contar con la posibilidad de adquirir alcohol, el agua era esencial.

Solicitó la declaración de inconstitucionalidad del art. 39 de la ley Provincial N° 3573, el cual concede una prerrogativa para que la empresa concesionaria del servicio público, además de materializar el corte del servicio, pueda mantener sin agua al usuario hasta tanto no pague la deuda.

El magistrado consideró a fin de resolver la admisibilidad de la medida precautoria  en el estado procesal inicial: la probabilidad del derecho invocado considerando especialmente los derechos a la vida y salud, el peligro en la demora y el perjuicio irreparable.

Fundamentó su decisión al señalar que no podía pasar por alto ni desconocer en primer lugar la urgencia del caso, y en segundo lugar consideró las normas jurídicas actuales decretadas por las autoridades nacionales, provinciales y municipales, que restringen y evitan la circulación y tránsito de personas en un tiempo crucial para detener la propagación del COVID-19.

Y añadió que la sociedad de Goya está además afectada por otra enfermedad, el dengue, y debe impedirse la acumulación de agua en recipientes al aire libre o domicilio como pueden ser baldes, macetas, u otros pequeños receptáculos.

El hecho de buscar agua de una canilla pública con baldes u otros objetos similares para llevarlos a su domicilio y mantenerlos allí durante varias horas, son focos latentes que deberían evitarse.

Aplicación de tecnología

La decisión del doctor Saade se dispuso notificar por cédula, que sea diligenciada por mail o WhatsApp – atento al contexto de emergencia y los principios de celeridad y economía del proceso-, al correo electrónico o número de teléfono de atención al cliente de la parte demandada, a G.S.R., al Defensor Oficial y la Asesoría de Menores.

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