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Fondos Compensador del Banco: el STJ confirmó sentencias

Con los votos de los ministros doctores Alejandro Alberto Chaín, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz se dictó la sentencia Nº 128/18, por la cual la Corte provincial rechazó planteos efectuados por 8 condenados por el TOP Nº 1 en la causa llamada Fondo Compensador.

Los recursos de casación fueron interpuestos por los abogados defensores de Antonio Oscar Páparo, Ramón Alberto Yunes, José Mario Iglesias, Héctor Oscar Castillo, Eduardo Martín Cheme, Rubén Adolfo Aquino, Nicolás Kaposvari y Nedo Enrique Pirchi.
Se indicó en los fundamentos que «las defensas realizan una interpretación subjetiva, personal y antojadiza de la prueba, limitándose en su hipótesis defensiva a la negación del hecho, dirigiendo en general su ataque recursivo hacia la acusación fiscal -requerimiento de elevación a juicio-, intentando su nulidad en esta instancia de casación, sin reunir sus agravios un adecuado correlato con la totalidad del plexo probatorio imperante en autos, versión que a la postre tampoco logra revertir con solvencia los fundamentos brindados por el sentenciante al condenar».
Los ministros recordaron que en reiterados pronunciamientos el STJ ha dicho que «[…] La sentencia es considerada como una unidad jurídica que debe reposar en una motivación lógica, entendiéndose por coherencia de los pensamientos la concordancia o conveniencia entre sus elementos y el que cada pensamiento provenga de otro con el cual está relacionado […] «in extenso» Sentencia Nº 34/12″.
La decisión del Tribunal Oral Penal Nº 1 -conformada por todo el razonamiento expresado y no en forma aislada producto de una interpretación parcial a fin a los intereses de la defensa- aparece como «irreprochable», expresaron.

APUNTES
Los recursos de casación fueron interpuestos por los abogados defensores de Antonio Oscar Páparo, Ramón Alberto Yunes, José Mario Iglesias, Héctor Oscar Castillo, Eduardo Martín Cheme, Rubén Adolfo Aquino, Nicolás Kaposvari y Nedo Enrique Pirchi.

Se indicó en los fundamentos que «las defensas realizan una interpretación subjetiva, personal y antojadiza de la prueba, limitándose en su hipótesis defensiva a la negación del hecho, dirigiendo en general su ataque recursivo hacia la acusación fiscal -requerimiento de elevación a juicio-, intentando su nulidad en esta instancia de casación, sin reunir sus agravios un adecuado correlato con la totalidad del plexo probatorio imperante en autos, versión que a la postre tampoco logra revertir con solvencia los fundamentos brindados por el sentenciante al condenar».

El día de aquel fallo
Dos años atrás, el largo proceso vinculado a la estafa al Fondo Compensador de Jubilaciones para empleados del Banco de Corrientes había llegado a su fin con el veredicto dictado por el Tribunal Oral Penal Nº 1.
De acuerdo a esa sentencia, el ex presidente de la entidad, Rubén Aquino y el ex secretario, Nicolás Kaposvari, recibieron una sentencia de tres años de prisión en suspenso, por lo que no tuvieron que cumplirla en un establecimiento carcelario. En cambio debieron realizar trabajo comunitario.

Por su parte, los ex vocales José Mario Iglesias, Nedo Enrique Pirchi, Antonio Páparo, Héctor Castillo y Ramón Yunes fueron sentenciados a dos años y medio de prisión, también en suspenso y con trabajo comunitario.
En tanto, Eduardo Cheme sólo fue condenado a un año y seis meses de prisión.
Por su parte, resultaron absueltos Valentín Morales, Hernán Antúnez, Pedro Icardo, Emilio Esperanza y Víctor Emilio Kaposvari.
Quedó pendiente el caso de Jorge Castro, que no fue juzgado debido a un estado de enfermedad que padece. Su caso particular quedará para ser tratado más adelante.
Por otra parte, en el fuero civil próximamente se va a tramitar el fallo judicial de septiembre de 2013, que indicaba que la aprobación de los estados contables no puede suplantar a la documental faltante. Por este juicio se intentará recuperar los 10 millones de dólares cuyo destino no fue aclarado.
El TOP Nº 1 estuvo integrado por los jueces Raúl Guerín, Ana del Carmen Figueredo y Ariel Azcona.
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