La Diputada García Amud deberá hacer su descargo sobre los pedidos de remoción
La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco recibió nuevos pedidos de remoción del cargo de la Legisladora después de haber protagonizado una serie de incidentes en los corsos de Corrientes.
En la jornada de hoy la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco recibió los pedidos de remoción del cargo de la Diputada Nadia García Amud después de haber protagonizado una serie de incidentes en los corsos correntinos.
El primer pedido de remoción del cargo se presentó mediante un escrito firmado por un grupo de Asociaciones Civiles del Chaco quienes coincidían en que la Legisladora debía ser removida de su Banca por incurrir en un “desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones”, propiciando “el ejercicio de la violencia y la agresión física y verbal en la disputa por un lugar como espectador de un evento y, al mismo tiempo, esgrimir como argumento para obrar de este modo, su cualidad de Diputada…”
Según confirmó el Diputado Livio Guitierrez en diálogo con Diario21.tv, la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados resolvió esperar en el transcurso de cinco días el “descargo” de la Diputada Nadia García Amud sobre la serie de pedidos de remoción del cargo que llegaron a la Legislatura en su contra.
“Tenemos muy pocos expedientes respecto del hecho, no hay expedientes en términos policiales y judiciales de Corrientes. Tenemos que recabar todas las pruebas para poder tratar el pedido de remoción.”, aclaró el Legislador chaqueño quien explicó que dar tratamiento a una cuestión tan compleja requiere de múltiples elementos que puedan probar si la Diputada incurrió en alguna falta.
Es por ello que además se hizo un pedido de informe a la Fiscalía de Investigaciones a fin de intentar determinar si la Diputada Nadía García Amud es responsable de algún hecho que encuadre en el artículo 105 de la Carta Magna Provincial donde se establece que “La Cámara podrá… corregir y hasta excluir de su seno a cualquier Diputado por indignidad o desorden de conducta en ejercicio de sus funciones y removerlo por inhabilidad física o moral…”